Legislación sobre celiaquía en Chaco
22 Diciembre, 2008
Se presenta a continuación la Legislación sobre celiaquía de la Provincia del Chaco:CHACO: N° 3.278 (3/8/87), 4.719 (22/5/00) ADHESIÓN A LEY 24.827
La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco
Sanciona con fuerza de LEY N.3278
ARTICULO 1.- Declarase de interés provincial el estudio, prevención, tratamiento e investigaciones, relacionadas con la enfermedad celíaca.
ARTICULO 2.- Crease el Centro del Celíaco dependiente del Ministerio de Salud Pública y Acción Social, cuyas funciones serán:
A) Llevar un registro provincial de celíacos;
B) Confeccionar un registro de productos alimenticios aptos para el enfermo celíaco;
C) Promover la formación de profesionales médicos especialistas en el tratamiento del celíaco;
D) Difundir e informar a la comunidad sobre todo lo concerniente a la enfermedad y la coordinacion de toda actividad sobre la misma.
ARTICULO 3.- Facultase al Poder Ejecutivo a prever presupuestariamente la provisión permanente de alimentos adecuados, para el conusmo de los enfermos celíacos carenciados, y los gastos que demande la organización funcional del centro del celíaco en el área del Ministerio de Salud Pública y Accion Social.
ARTICULO 4.- El decreto reglamentario de la presente contendrá el organigrama y manual de Misiones y Funciones del Centro precitado.
ARTICULO 5.- REGISTRESE Y COMUNIQUESE AL PODER EJECUTIVO.-